Ley Federal de Secuestro - Información sobre delitos

John Williams 11-07-2023
John Williams

Poco después del publicitado secuestro de Charles Lindbergh hijo El Congreso aprobó la Ley Federal de Secuestros -a menudo denominado Ley Lindbergh o el Ley Little Lindbergh . Ley Federal de Secuestros se creó para permitir a las autoridades federales intervenir y perseguir a los secuestradores una vez que han cruzado las fronteras estatales con su víctima. La razón es que las autoridades federales (como el FBI) están mejor equipadas para perseguir a los secuestradores a través de las fronteras estatales que las autoridades estatales o locales.

La Ley Federal de Secuestros incluye disposiciones que permiten a las autoridades presumir que si la víctima del secuestro no ha sido liberada en el plazo de veinticuatro horas del secuestro, es más que probable que hayan sido llevados al otro lado de las fronteras estatales.

Sección 1201 del Código de EE.UU. El texto exacto de la ley puede leerse a continuación:

"a) Quien ilegalmente apresa, confina, inveigles, señuelos, secuestra, rapta, o se lleve y retenga a una persona como rescate o recompensa o de cualquier otra forma, salvo en el caso de un menor, por su progenitor cuando - (1) la persona es intencionadamente transportados en el comercio interestatal o exterior (1) el autor del delito, independientemente de si la persona estaba viva cuando fue transportada a través de la frontera de un Estado, o el delincuente viaja en el comercio interestatal o exterior o utiliza el correo o cualquier medio, instalación o instrumento de comercio interestatal o exterior para cometer o promover la comisión del delito; (2) cualquier acto de este tipo contra la persona se realiza dentro de la jurisdicción especial del Estado de que se trate. jurisdicción marítima y territorial de Estados Unidos (3) cualquier acto de este tipo contra la persona se realice dentro de la jurisdicción aeronáutica de Estados Unidos según se define en la sección 46501 del título 49; (4) la persona es un funcionario extranjero (4) si la persona es un funcionario o empleado público, una persona internacionalmente protegida o un invitado oficial, tal y como se definen estos términos en la sección 1116(b) de este título; o (5) si la persona se encuentra entre los funcionarios y empleados descritos en la sección 1114 de este título y cualquier acto de este tipo contra la persona se realiza mientras la persona se encuentra en el ejercicio de sus funciones oficiales o con motivo de las mismas, será castigado con pena de prisión de cualquier duración.años o de por vida y, si resulta la muerte de alguna persona, será castigado con la pena de muerte o cadena perpetua. (b) Con respecto a la subsección (a)(1), anterior, la no liberación de la víctima en las veinticuatro horas siguientes a su detención ilegal confinado, inducido, engañado, secuestrado, raptado o transportado creará una presunción refutable de que dicha persona ha sido transportada en el comercio interestatal o exterior No obstante lo dispuesto en la frase anterior, el hecho de que la presunción establecida en esta sección no haya entrado aún en vigor no impide una investigación federal de una posible violación de esta sección antes de que haya finalizado el período de 24 horas. (c) Si dos o más personas conspiran para violar esta sección y una o más de dichas personas realizan algún acto manifiesto para llevar a cabo el objeto de la conspiración, cada una de ellas será castigado con pena de prisión de cualquier duración o a perpetuidad (d) Quien intente violar la subsección (a) será castigado con pena de prisión no superior a veinte años. (e) Si la víctima de un delito bajo la subsección (a) es una persona internacionalmente protegida fuera de los Estados Unidos, los Estados Unidos podrán ejercer jurisdicción sobre el delito si (1) la víctima es un representante, funcionario, empleado o agente de los Estados Unidos, (2) un delincuentees un nacional de los Estados Unidos, o (3) un delincuente se encuentra posteriormente en los Estados Unidos. Tal como se utiliza en esta subsección, los Estados Unidos incluye todas las áreas bajo la jurisdicción de los Estados Unidos, incluyendo cualquiera de los lugares dentro de las disposiciones de las secciones 5 y 7 de este título y la sección 46501 (2) del título 49. A efectos de esta subsección, el término "nacional de los Estados Unidos"tiene el significado prescrito en la sección 101 (a) (22) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (8 U.S.C. 1101 (a) (22)). (f) En el curso de la aplicación de la subsección (a) (4) y cualquier otra sección que prohíbe una conspiración o intento de violar la subsección (a) (4), el Fiscal General podrá solicitar la asistencia de cualquier agencia federal, estatal o local, incluyendo el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, cualquier estatuto, regla,(g) Regla especial para ciertos delitos que involucran a niños - (1) A quién se aplica - Si - (A) la víctima de un delito bajo esta sección no ha alcanzado la edad de dieciocho años; y (B) el delincuente - (i) ha alcanzado dicha edad; y (ii) no es - (I) un padre; (II) un abuelo; (III) un hermano; (IV) una hermana; (V) una tía; (VI) un tío; o (VII) un padre.un individuo que tenga la custodia legal de la víctima; la sentencia bajo esta sección por dicho delito incluirá encarcelamiento por no menos de 20 años. [(2) Derogado. Pub. L. 108-21, título I, Sec. 104(b), Apr. 30, 2003, 117 Stat. 653.] (h) Como se usa en esta sección, el término "padre" no incluye a una persona cuyos derechos parentales con respecto a la víctima de un delito en virtud de esta sección hayan sido revocados por una orden judicial definitiva".

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John Williams

John Williams es un artista experimentado, escritor y educador de arte. Obtuvo su título de Licenciado en Bellas Artes en el Instituto Pratt en la ciudad de Nueva York y luego obtuvo su Maestría en Bellas Artes en la Universidad de Yale. Durante más de una década, ha enseñado arte a estudiantes de todas las edades en diversos entornos educativos. Williams ha exhibido su obra de arte en galerías de los Estados Unidos y ha recibido varios premios y subvenciones por su trabajo creativo. Además de sus actividades artísticas, Williams también escribe sobre temas relacionados con el arte e imparte talleres sobre historia y teoría del arte. Le apasiona alentar a otros a expresarse a través del arte y cree que todos tienen la capacidad de creatividad.